Friday, March 31, 2006

Ahora vienen por nosotros…

El Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI) y la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas (Amprofon, A.C.) pretenden firmar un convenio que permita cobrar multas con montos de hasta 10 salarios mínimos ($400,000.00 M.N.) a las personas que compartan música por medio de redes Peer to Peer (P2P).

A partir del 4 de abril empezarán una “cacería de melómanos” al echar a andar un programa que se infiltrará a las computadoras de aquellos que compartan música por Internet.

Esto ya lo habían intentado nuestro vecinos del norte con la inclusión del programa XPC en algunos discos… fallaron pues al entrar a las computadoras violaban la PRIVACIDAD de los usuarios.

No estoy a favor de la piratería, de hecho la detesto (¡!!)… pero creo en el derecho a la privacidad y a compartir la música únicamente para efectos de promoción y difusión.

Pero…

Sabían que, la guarda y tutela de los derechos de autor en este país la tiene el Instituto Nacional de Derecho de Autor (INDAUTOR) dependiente de la Secretaría de Educación Pública (SEP)… y que todos las obras editadas en fonogramas y videogramas, se registran ante ella… entonces que pitos toca el IMPI¿?... de conformidad con el art. 232 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) "las infracciones en materia de comercio previstas por la Ley serán sancionadas por el IMPI"... en otros países los fonogramas y videogramas se registran ante sus instancias locales que hacen las veces del IMPI, estoy de acuerdo… pero aquí NO.

Estos convenios que pretende suscribir, no causaran un conflicto de leyes¿?... la LFDA es una Ley Federal con mayor jerarquía (pues es emitida por el P. Legislativo) que los Convenios o disposiciones que pueda emitir una dependencia gubernamental como lo es el IMPI, que forma parte de la Administración Pública Federal, a través de la Secretaría de Economía.

Sabían que, AMPROFON es una Asociación Civil y que por ende no tiene ánimo de lucro… pero que tiene la potestad para expedir un código: el International Standard Recording Number (ISRC) o mejor conocido como la banda de información digital que permite reconocer un archivo de audio o video en todo tipo de formato (la información en letras grises de tus MP3, MOV, etc.)… y que curiosamente en casi todo el mundo, la expedición de ese código es potestad de instancias gubernamentales.

¿Por qué en México siempre hacemos las cosas al revés?

La bronca… es que en México NO EXISTE EL DERECHO A LA PRIVACIDAD, en la Ley mexicana se persiguen delitos por la violación de la correspondencia o el espionaje telefónico… pero no existe nada concerniente a los medios electrónicos o una disposición general que asegure la privacidad de las personas.

Esto cambia el panorama general de las cosas… no crees¿?.

Estoy de acuerdo que urge una “cultura” que fomente el respeto a los Derechos de Autor, me encanta comprar discos y DVD’s originales… pero soy el primero en admitir en que la piratería es un delito (lo remarco) que sirve como “válvula de escape” a la presión social.

Primero, eres un criminal porque compras piratería, ahora esto… me pregunto si estarán persiguiendo a la gente correcta ¿?... sabes, “perro no come perro”… creo que ese dicho no aplica para nosotros los mexicanos.

Y sabes, no me parece justo!...

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**Gracias al Golfo y a Alt1040

1 comment:

Anonymous said...

Very nice site! »